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El objetivo del Programa de Defensoría Judicial es apoyar a la víctima durante el proceso criminal, informar sobre sus derechos, representar y ser vocero de sus deseos en relación al caso, y proveer información en relación a otros servicios accesibles.

¿Como funciona el Programa de Defensoría Judicial?

El Programa de Defensoría Judicial pone al servicio de la víctima defensoras que pueden:
  • Explicar tus derechos como víctima de un crimen,
  • Explicar el proceso judicial,
  • Dar a conocer los deseos de la víctima a los fiscales y abogados.
  • Asistir en el proceso de remover ordenes de no contacto.
  • Crear un plan de seguridad.
  • Dar información en relación a servicios accesibles.

Los defensores de víctimas no son abogados, por lo que no pueden representarle legalmente o dar consejos legales.

Preguntas y Respuestas.

¿Por que hubo un arresto?
El estado de Rhode Island considera la violencia doméstica un crimen serio y ha promulgado leyes de arresto mandatario. Esto significa que una vez que la policía tiene conocimiento de un crimen y existen suficientes evidencias, la policía esta obligada por ley a arrestar al agresor.

¿Tengo que ir a la corte?
Su presencia en la corte es importante, le dará la oportunidad de expresar sus deseos en relación al caso. Pero, salvo que Ud. haya sido notificado subpoena o el Juez haya ordenado su comparecencia, su presencia en la corte no es necesaria.

¿Necesito contratar a un abogado?
Ud. no esta siendo procesado por un crimen, por lo que Ud. no necesita contratar a un abogado. El defensor de víctimas puede explicarle el proceso y ayudarla a llenar todos los formularios necesarios para revocar la orden de no contacto.

¿Puedo retirar los cargos?
La violencia doméstica es un crimen contra las leyes del estado, por lo que el estado de Rhode Island es el que lleva adelante los cargos por intermedio de los fiscales y el Abogado General. Ellos son los únicos que pueden retirar los cargos.

¿Que es una orden de no contacto?
La orden de no contacto prohíbe al imputado a contactarse con la víctima directa o indirectamente. Esta orden es una de las condiciones de la fianza.

¿Como puedo remover una orden de no contacto?
La víctima tiene derecho a pedir al Juez que la orden de no contacto sea removida. Para hacerlo debe comparecer frente al Juez. El Juez tiene el poder de negar el pedido. Cada Juez tiene diferentes requisitos. Es importante que se comunique con un defensor antes de concurrir a la corte.

¿Que pasa si el imputado no respeta la orden de no contacto?
Si el imputado se comunica con la víctima directa o indirectamente, la víctima o cualquier persona puede llamar a la policía y reportar lo ocurrido.

¿Cuál es la diferencia entre una orden de no contacto y un orden de restricción?
Ambas tienen el mismo efecto, pero son diferentes:

Orden de no contacto:
  • Son puestas en efecto inmediatamente después de un arresto,
  • Para remover esta orden la víctima debe comparecer en persona y solicitar al Juez que termine la orden, el Juez tiene el poder de decidir si la orden es terminada o si continuará en efecto
  • Con esta orden cualquier contacto (teléfono, visitas, mandar notas, flores, aparecer en el trabajo, mandar recados a través de familiares, etc.) es causal de arresto aunque la víctima no se oponga o desee el contacto,
  • Esta orden no obliga al imputado a abandonar el hogar,
  • No protege a niños que la pareja tenga en común, tampoco establece custodia,
  • Esta orden solo protege a la víctima.

Ordenes de restricción:
  • La víctima solicita la orden y ciertos requisitos deben estar presentes.
  • Entra en efecto por tres años y puede ser renovada.
  • La víctima puede revocar la orden presentando un pedido al Juez.
  • Hace que cualquier tipo de contacto (llamadas telefónicas, mensajes, etc.) sea causa de arresto.
  • Puede ordenar al defendido que abandone el hogar
  • Otorga custodia y pago de manutención por los niños temporalmente.
  • La protección puede incluir a los niños que ambas partes tengan en común.

Consejos para cuando vaya a la corte:
  • Contáctese con su defensora de antemano. La defensora podrá explicarle el procedimiento.
  • Lleve con Ud. algún tipo de documento de identidad.
  • Busque alguien que pueda cuidar a sus niños. Muchas de las salas no admiten niños, y Ud. podría tener que esperar mucho tiempo.
  • Vístase acorde al lugar. En la corte no se permiten: Shorts, camisillas, blusas o tops que muestren el vientre y sombreros.